(Publicado en UniBlog el 25 de septiembre de 2020)

El nuevo paradigma de las finanzas sostenibles, como derivación de la conocida como “megatendencia” de la transición verde, se va abriendo paso sin tregua a través de diversos frentes.

Los marcos normativos europeo y español van prestando atención creciente a los riesgos relacionados con los factores ASG, especialmente a los riesgos climáticos (cabe destacar en esta línea, por ejemplo, la revisión en 2019 de la normativa europea sobre requerimientos de capital de las entidades bancarias, así como el proyecto de ley de cambio climático y transición energética, actualmente en fase de tramitación parlamentaria, que incluye obligaciones específicas para las entidades del sector financiero).

Por otra parte, los supervisores financieros también están posicionándose. Como muestra, el Mecanismo Único de Supervisión del Banco Central Europeo publicó en mayo de 2020 la propuesta de guía sobre riesgos climáticos y medioambientales, que contiene las 13 expectativas supervisoras relacionadas con la gestión por parte de los bancos significativos de tales riesgos, y cuya previsible aprobación se producirá en el último trimestre de 2020. También la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha revisado, en junio de 2020, el Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, para dar mayor relevancia a la información y a los riesgos no financieros, y a la sostenibilidad, más en general.

Un tercer pilar sobre el que las finanzas sostenibles se podrán edificar y desarrollar viene constituido por las iniciativas voluntariamente promovidas —y aceptadas, en su caso— por la industria financiera, por sí sola o en colaboración con otras instituciones públicas o privadas, que establecen mejores prácticas.

Como se puede apreciar, si la responsabilidad social corporativa se ha definido tradicionalmente por la voluntariedad y por la libre asunción de compromisos por las empresas, en general, y por las entidades financieras, en particular, la nueva era de la sostenibilidad y de las finanzas sostenibles que está comenzando conjuga, en un entorno mucho más complejo de gestionar, lo obligatorio (el cumplimiento normativo) con lo “semi-obligatorio” (las expectativas de los supervisores, que son referencias a ser tenidas en consideración por las entidades financieras) y con lo voluntario (los compromisos y objetivos asumidos por las entidades atendiendo a un conjunto de circunstancias, como la presión ejercida por los grandes inversores, por los clientes o por la sociedad en su conjunto, o incluso por pura convicción, como parte de su enfoque estratégico).

Sin embargo, la línea que separa lo obligatorio de lo voluntario en el contexto de las finanzas sostenibles puede ser fina, pues, en numerosas ocasiones, los compromisos asumidos por las entidades no serán más que un anticipo de la efectividad, en el medio plazo, de disposiciones normativas de obligado cumplimiento, elaboradas o en fase de elaboración. Esta capacidad de reacción debe ser juzgada positivamente, en todo caso, ya que permite a la industria ir identificando necesidades con antelación, así como la adquisición de competencias y experiencia.

Centrándonos ahora en las iniciativas que tratan de establecer mejores prácticas en materia de finanzas sostenibles y ética empresarial, merece ser destacada la impulsada por Naciones Unidas con la colaboración del sector bancario que se ha plasmado en los “Principios de Banca Responsable”, que aspiran a convertirse en referencia universal y a marcar la pauta de actuación del sector bancario mundial.

Estos Principios se han elaborado por la Iniciativa Financiera del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP FI, por sus siglas en inglés), que aglutina a las Naciones Unidas y a más de 300 miembros (no solo bancos, sino además compañías aseguradoras y grandes inversores) y a otras instituciones que ofrecen su apoyo, con el objetivo compartido de “inspirar, informar y permitir que las instituciones financieras mejoren la calidad de vida de las personas sin comprometer la de las generaciones futuras”, con claras resonancias del “Informe Brundtland”.

Como se admite expresamente por UNEP FI, el aprovechamiento del papel de las Naciones Unidas y de la Agenda 2030, con sus 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, puede servir para acelerar la implantación de las finanzas sostenibles, el alineamiento del sector financiero con los fines del Acuerdo de París sobre cambio climático y, más en general, la adopción del enfoque ASG en la toma cotidiana de decisiones por parte de las entidades.

Además del marco general de actuación sostenible para bancos, UNEP FI ha elaborado unos “Principios de Inversión Responsable” (2006) y unos “Principios de Aseguramiento Sostenible” (2012).

En cuanto a los “Principios de Banca Responsable”, estos se aprobaron en septiembre de 2019, y, hasta el momento, entre las entidades bancarias que los asumieron inicialmente y las que desde entonces se han sumado a la iniciativa, son unos 185 bancos del mundo, con activos por valor de unos 47 billones de dólares, es decir, un tercio del sector bancario global, los que los han respaldado explícitamente.

Que el compromiso de cada entidad se deba suscribir por su primer ejecutivo da idea de que el objetivo de la adhesión no es meramente formal, sino que, al contrario, el fin primordial es que las entidades lleven los Principios a la gestión diaria y a la permanente relación con los grupos de interés.

Aunque enseguida nos referiremos a los Principios, el modelo de declaración ofrecido por UNEP FI, que debe ser rubricado por los primeros ejecutivos de los bancos interesados, como se ha señalado, ofrece una buena orientación del papel del sector financiero y de lo que se espera de él en el marco de la transición hacia una sociedad y una economía más sostenibles.

Así, en tal modelo de declaración se destaca que “la banca se basa en la confianza que nuestros clientes y la sociedad en general depositan en nosotros, para servir a sus mejores intereses y actuar de manera responsable”, de lo que se desprende que su éxito y su capacidad para ser rentables dependerán de “la prosperidad a largo plazo de las sociedades a las que servimos”, con pleno respeto a “la dignidad humana, la igualdad y el uso sostenible de los recursos naturales”.

Realmente, nos encontramos ante una declaración del alcance prácticamente universal, que cualquier banco o entidad financiera gestionados de forma diligente asumiría como propia sin grandes esfuerzos. La novedad radica en el añadido de objetivos e indicadores que permitan evaluar la aportación de la banca a la sociedad en términos operativos y mensurables, y de un ejercicio de divulgación, es decir, de comunicación periódica y objetiva a la sociedad de los impactos de las entidades, tanto positivos como, en su caso, negativos.

Los “Principios de Banca Responsable” son seis, los cuales se enuncian de forma sucinta y concisa. Sin embargo, en el “Documento Guía” para la implantación de estos Principios elaborado por UNEP FI se aprecia una cierta complejidad para que las entidades puedan, primero, llevarlos al día a día y a la toma de decisiones en todos los niveles, y, segundo, explicar a la sociedad cómo se lleva a cabo esta tarea, lo que, por otra parte, podría ser una tarea más asumible para los bancos, dada la experiencia adquirida por el sector en materia de divulgación de información no financiera en los últimos años, al menos, en la Unión Europea.

Los seis Principios, que nos limitamos a exponer someramente, son los siguientes:

Principio 1: Alineamiento. Adecuación de la estrategia comercial para contribuir a la satisfacción de las necesidades de los individuos y de la sociedad, como se expresa en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en el Acuerdo Climático de París y en los marcos regionales y nacionales relevantes.

Principio 2: Impacto y fijación de objetivos. Aumento de los impactos positivos a la par que se reducen los impactos negativos para las personas y el entorno como consecuencia del desarrollo de la actividad bancaria y de la oferta de servicios. Para tal fin, se establecerán y publicarán objetivos para identificar los impactos significativos.

Principio 3: Clientes y usuarios. Establecimiento de relaciones responsables con la clientela, que alienten prácticas sostenibles y posibiliten actividades económicas que generen prosperidad para las generaciones actuales y futuras.

Principio 4: Partes interesadas. Se consultará y se establecerán alianzas de manera proactiva y responsable con las partes interesadas relevantes para alcanzar los objetivos de la sociedad.

Principio 5: Gobernanza y cultura. Los Principios se llevarán a la práctica a través de una adecuada gobernanza y de una cultura de banca responsable.

Principio 6: Transparencia y responsabilidad. Los bancos revisarán periódicamente la implementación individual y colectiva de los Principios, y serán transparentes en cuanto a sus impactos positivos y negativos, y la contribución a los objetivos de la sociedad.

Si en tan solo un año estos Principios han conseguido el apoyo de entidades de todo el planeta que gestionan un tercio de los activos bancarios, no cabe duda de que nos encontramos ante una iniciativa que cuenta con posibilidades reales de convertirse en el denominador común para el desarrollo sostenible y responsable de la función de la banca. La mayor dificultad residirá en cómo llevar del terreno ideal al operativo los grandes principios que todos compartimos, y su adecuado entendimiento por parte de los grupos de interés.

 

(Imagen de la autoría de ibrandify – www.freepik.es)


José María López Jiménez

Especialista en regulación financiera. Doctor en Derecho

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *