En el artículo «Si la crisis le ha dejado sin dinero, estos son los 10 consejos para ahorrar» publicado el 23 de septiembre de 2020 en El País Economía, sección de iAhorro, se recogen algunas de mis declaraciones. Abajo se recogen todas las respuestas facilitadas.

 

La crisis sanitaria del coronavirus COVID-19, una vez que se ha producido su estabilización, ha dado paso a una caída sin precedentes de la actividad económica. Cuanto más rápida sea la restauración de la normalidad, menor será el impacto sobre el tejido productivo y el empleo.

Dos de las tendencias de los últimos meses, positivas para todos, son, de un lado, que los poderes públicos y el sector privado han coordinado sus esfuerzos para prestar la atención debida a los colectivos más vulnerables y, de otro, que el sector financiero ha dado, igualmente, una adecuada respuesta a los ciudadanos más afectados, facilitando liquidez a las empresas, moratorias a los préstamos hipotecarios y personales de las familias, intensificando sus esfuerzos asistenciales en beneficio de los más desfavorecidos, ofreciendo soluciones habitacionales y, en general, atendiendo individualizadamente las peticiones de sus clientes.

Ofrecemos a continuación 6 consideraciones para la reflexión y la acción:

  1. Es una obviedad, pero quienes fueron capaces de ahorrar durante los meses anteriores a la pandemia dispondrán de un colchón para atender posibles caídas en los ingresos recurrentes; incluso, podrán hacer uso de las rentabilidades obtenidas, con el propósito, de ser posible, de que no mengüe el capital ahorrado o invertido.
  2. Relacionado con lo anterior, puede ser aconsejable, siempre que las circunstancias lo permitan, no deshacer posiciones de inversión, en un contexto generalizado de caídas de los mercados. Pasado el primer golpe de la crisis económica se ha podido apreciar, en efecto, una cierta recuperación, por ejemplo, de la cotización de la renta variable o del valor de las participaciones de los fondos de inversión. Vender en un momento de pánico (en los momentos iniciales de una crisis, por ejemplo) puede ahondar las pérdidas económicas.
  3. Ahorrar quizás no haya sido posible, pero sí la reducción de la deuda; este aligeramiento de la deuda puede haber permitido acceder a nueva financiación para atender, transitoriamente, las obligaciones más perentorias. Ahora bien, habrá que atender al volumen total de deuda y a la carga financiera (comisiones e intereses), con el fin de que el alivio en los próximos meses no se convierta en una pesada losa más adelante, en la fase de recuperación.
  4. La crisis ha golpeado en mayor o menor medida a todos los agentes sociales y económicos. En consecuencia, las posibles dificultades para atender obligaciones como el pago de la renta de un alquiler o determinados suministros esenciales se entenderán fácilmente por los acreedores. El recurso a la negociación, por lo tanto, puede ser procedente y quedar justificado. En este caso, cabría diferenciar dos posibles enfoques —o una combinación de los mismos—: bien posponer el cumplimiento de las obligaciones, bien mantener su cumplimiento aunque reduciendo la cuantía. Sería conveniente que quedara constancia escrita de los acuerdos alcanzados.
  5. En el caso de las obligaciones contraídas con entidades financieras, como se ha mostrado al inicio, éstas están siendo especialmente receptivas ante las peticiones de los clientes, en el marco de las medidas gubernamentales aprobadas o como complemento a las mismas. Por lo tanto, al igual que se ha señalado en el punto 4, la primera opción sería exponer la situación a la entidad en cuestión para tratar de alcanzar una solución provisional que satisfaga las pretensiones de ambas partes.
  6. La crisis puede ser un buen momento para evaluar cuáles de nuestros gastos fijos mensuales responden a verdaderas necesidades. Se puede aprovechar este momento para poner fin a servicios no esenciales por los que todos los meses hemos estado pagando alguna cantidad.

 

(Imagen tomada del artículo de El País Economía, sección iAhorro, citado en esta entrada)


José María López Jiménez

Especialista en regulación financiera. Doctor en Derecho

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