«Santo Tomás distingue entre ‘el cambio natural y necesario por el que una mercancía es cambiada por otra, o el dinero se toma a cambio de una mercancía, para satisfacer las necesidades de la vida’, y ‘el cambio de dinero por dinero, o de alguna mercancía por dinero, no a causa de las necesidades de la vida, sino por un beneficio […]’. El primero es encomiable porque satisface una necesidad natural. El último merece justamente censurarse, porque, considerado en sí mismo, ‘satisface la codicia por la ganancia, que sabemos que no tiene límite y tiende al infinito’. Sin embargo, la ganancia no es en sí misma pecado ‘si se dirige a algún fin necesario y virtuoso, tal y como el mantenimiento de la familia del comerciante o la asistencia a los necesitados'».

Marjorie Grice-Hutchinson, La escuela de Salamanca: un estudio sobre los orígenes de la teoría monetaria en España (1544-1605), Caja España-Obra Social, 2005, pág.114.


José María López Jiménez

Especialista en regulación financiera. Doctor en Derecho

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