“El informe de sostenibilidad”, en Ética y Sostenibilidad en el Siglo XXI, Coronas Valle, D. (dir.), Editorial Comares, Granada, 2025, págs. 37-52.

1. Introducción

El conocido como informe (o memoria) de sostenibilidad se ha convertido en una pieza clave de la estrategia de sostenibilidad de las empresas.

A través de este informe, las compañías agrupan y sistematizan las iniciativas previamente desarrolladas en el ámbito de la sostenibilidad, en cualquiera de las vertientes ambiental, social o de gobernanza (ASG), identifican deficiencias o gaps y planifican su subsanación.

A pesar de que se ha impuesto el acrónimo ASG (o ESG, en inglés), las iniciativas empresariales se suelen centrar en lo ambiental (la A) y en lo social (la S), en tanto que la gobernanza (la G) es, más que un fin, un medio para facilitar lo anterior y que la gestión sea transparente, ética y honrada de puertas adentro pero también hacia el exterior de la compañía.

Como se mostrará en un apartado posterior de este capítulo, uno de los retos pendientes es cómo organizar y sistematizar las tres categorías de la sostenibilidad, que muchas veces se yuxtaponen o, simplemente, aparecen en las memorias de sostenibilidad de modo desordenado o reiterado (lo que dificulta la comparabilidad entre las memorias de distintas empresas, además).

En cierto modo, la elaboración de una memoria y su divulgación («disclosure» en inglés) es una actividad de promoción, de mejora de la imagen y de la reputación corporativa, pero actualmente, tras algunos años de intensidad regulatoria y de mayor exigencia ciudadana, la realidad es otra.

Los informes de sostenibilidad, especialmente en Europa, cuentan con un contenido definido normativamente, que los ha llevado del espacio de lo voluntario al de lo obligatorio.

La divulgación de información ambiental y social, que comenzó como una práctica voluntaria asociada al ejercicio de la responsabilidad social corporativa (RSC), no ha sido en general satisfactoria, en parte porque muchas empresas han alterado el foco de sus informes para desviar la atención de sus problemas reales[i].

Tras la crisis financiera iniciada en los años 2007 y 2008, que no solo ha impactado en las entidades del sector de las finanzas sino en todo el tejido productivo, se ha intensificado la demanda de mayor transparencia y de mejores informes, dando lugar al desarrollo de dos herramientas principales como son la memoria de sostenibilidad, que explicamos en este capítulo, y el conocido como el informe integrado[ii], que combina lo financiero y lo no financiero, de manera clara y bien articulada, en un solo documento.

Puesto que escribimos estas páginas en Europa, debemos alejarnos brevemente de lo académico —con vocación de ser aplicado en la práctica— para referirnos a lo coyuntural, pues la sostenibilidad atraviesa una crisis en ciertas zonas del planeta, lo que no tiene por qué afectar al enfoque que prevalece en nuestro continente, pues este sigue alineado de manera decidida con la ruta hacia la neutralidad climática en 2050 y con la cohesión social.

El cambio de aires políticos en los Estados Unidos tras las elecciones presidenciales de finales de 2024 ha relajado e incluso ha supuesto en este país un franco retroceso de las cuestiones relacionadas con la sostenibilidad o, más específicamente, con la diversidad, la equidad y la inclusión (DEI) y la lucha contra el cambio climático. Entre otros argumentos, se esgrime que la gestión de estas materias aleja a las corporaciones de su propósito verdadero, que es generar dinero para sus propietarios o accionistas[iii], y representa una pérdida de tiempo y de competitividad.

Europa, como se ha señalado, mantiene su agenda de neutralidad climática y de cohesión social, cuyos principios rectores ya están recogidos en sus propios Tratados Constitutivos (el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea[iv]). Lo que sí se aprecia en nuestro continente es una voluntad política y empresarial de simplificar el marco regulatorio de la sostenibilidad, que es lo que está ocurriendo precisamente cuando escribimos estas líneas a mediados de 2025. Por esta razón, limitaremos al máximo las referencias a las normas jurídicas y a su contenido detallado, dado su carácter cambiante, y nos centraremos más en lo sustantivo.

De todos modos, debemos añadir una precisión importante, pues del universo de empresas existentes, solo las de mayor tamaño, en términos de número empleados, de volumen de negocio y de activos, tienen la obligación de elaborar y publicar un informe de sostenibilidad.

Desde hace años, las empresas más grandes presentan su información financiera y contable de forma bastante similar y sin controversias. Esto se debe a que la normativa contable establece claramente qué empresas están obligadas a hacerlo y qué datos deben publicar, los cuales han sido previamente objeto de una exhaustiva auditoría. Así, se evita que cada empresa elija qué mostrar según le convenga, dejando de lado lo negativo, lo que ha sido algo propio, como ya hemos dicho, de los informes de responsabilidad social corporativa.

Además, este enfoque normativo implica que cuando unos auditores independientes revisan las cuentas, tanto los propios empleados como los inversores o los acreedores pueden confiar en que la información es fiable y coherente. Todo esto facilita la comparabilidad de los datos entre distintas empresas[v].

Las pequeñas y las medianas empresas, incluso algunas grandes (de 250 empleados o más), no siempre están sujetas a la obligación de elaborar el informe de sostenibilidad. La simplificación normativa que acabamos de mencionar pretende que en Europa solo estén obligadas a preparar este documento las empresas de 1.000 empleados o más, lo que rebajaría quizás excesivamente el número de los informes de sostenibilidad y ralentizaría el ritmo de la transición sostenible, pues la información pública disponible es un elemento esencial para la toma de las decisiones, tanto privadas como del sector público.

Desde los poderes públicos se anima a las corporaciones no obligadas normativamente a publicar un informe de sostenibilidad a elaborado sobre una base voluntaria, como durante años ha venido ocurriendo con los anteriormente llamados «informes de responsabilidad social corporativa».

También ocurre que los bancos, por ejemplo, para dar respuesta a sus propias obligaciones en materia de sostenibilidad —que son muchas, de entre las que destacamos la medición y la reducción de las emisiones generadas con la financiación que conceden— deben pedir información sobre su gestión sostenible a las empresas (y a los individuos) que demandan la prestación de crédito y de servicios financieros.

Por esta vía, de manera indirecta, se favorece que las empresas que no deben publicar el informe de sostenibilidad sí deban dar algunos pasos para la gestión de los factores ASG y su divulgación: emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), residuos generados, residuos reciclados, contratación de personas con discapacidad, brecha salarial entre hombres y mujeres, presencia femenina en cargos directivos, etcétera. Son los indicadores de la sostenibilidad («Key Performance Indicators» o KPI que tan de moda están en el presente junto con el establecimiento de objetivos por las empresas, que también deben formar parte de los informes de sostenibilidad).

Es más, cuando las empresas concurren a concursos públicos para la adjudicación de contratos públicos, es decir, prestados en favor de una administración pública, la normativa también tiende a favorecer la adjudicación del contrato a empresas que, entre otros aspectos, gestionan la sostenibilidad en los mismos o muy similares términos a los que acabamos de exponer.

En ambos casos (acceso a financiación y servicios bancarios, contratación con las administraciones públicas) la mejor forma de agrupar estos avances es a través de un informe de sostenibilidad, muchas veces no obligatorio pero sí recomendable.

Otro elemento clave que ha surgido en los últimos años es el del análisis de la materialidad. Como señala la Comisión Nacional del Mercado de Valores[vi], que es el supervisor público en este ámbito, «el análisis de materialidad es la piedra angular para determinar qué información es relevante para los grupos de interés y evitar que se omita información material».

Como es lógico, la empresa que elabora el informe debe mantener un diálogo fluido con los grupos de interés o «stakeholders» (empleados, clientes, administraciones públicas, proveedores…) para saber cuáles son los aspectos de la gestión sostenible que les preocupan. Solo de esta forma podrá la empresa integrar en su gestión y en su estrategia la sostenibilidad. Este procedimiento se describe de manera orientativa en algún documento relevante[vii], pero la realidad es que son las empresas, individualmente, las que determinan cómo se desarrolla y cuál es la periodicidad de su realización (anual, bienal, etcétera). Por su relevancia, prestaremos algo de atención a este análisis en el siguiente apartado, antes de adentrarnos en el contenido general de los informes de sostenibilidad.

Los informes de sostenibilidad deben servir para plasmar y divulgar lo que las empresas realmente hacen. Existe una línea infranqueable que es la de la verdad. De lo contrario, se estaría incurriendo en el conocido como «greenwashing» o «socialwashing», es decir, en el lavado verde o social, o, dicho de una forma más genérica, en el ecopostureo.

Tabla 1: Ejemplos de acciones reales vs. ecopostureo

Acción real de la empresa Cómo se presenta en la memoria de sostenibilidad ¿Veraz o ecopostureo? Justificación
Solo un 10% de su consumo es solar. «Somos una empresa comprometida con las energías limpias». Ecopostureo. La afirmación es ambigua y oculta que el 90% sigue siendo energía no renovable.
Tiene un plan de igualdad con objetivos y seguimiento. «Aplicamos políticas efectivas de igualdad». Veraz. Hay una base real, con acciones concretas y medibles.
Solo reciclan papel en oficinas «Nuestra empresa apuesta por el reciclaje y la economía circular». Ecopostureo. Se exagera una acción muy limitada y se generaliza su impacto.
Publican las bandas salariales por puesto. «Impulsamos la equidad retributiva con criterios claros y públicos». Veraz. La afirmación está respaldada por medidas concretas.
Se realiza una única donación puntual a un grupo desfavorecido. «Comprometidos con el bienestar social». Ecopostureo. Se construye una imagen de compromiso social sobre una acción aislada.

Fuente: Elaboración propia.

Esto puede suponer incurrir en publicidad engañosa, en una competencia desleal con otras empresas del mismo segmento económico o en un incumplimiento de la normativa, pero el mayor daño para la empresa, siendo los anteriores enormes, sería el de la pérdida de la reputación corporativa y el de la confianza de los clientes. Y los clientes satisfechos, alineados con el ideario y con los valores corporativos, son uno de los mayores activos empresariales, tanto que no admiten sustitutivo.

Muchos directivos de empresas, incluidas las más grandes, hablan recurrentemente de la cultura corporativa, pero solo unos pocos son líderes en la evolución desde los principios y las palabras hasta las prácticas reales éticas y de sostenibilidad. Por algo Peter Drucker, el gurú del «management» empresarial inmortalizó la frase «la cultura se come a la estrategia en el desayuno».

Estas últimas son en parte las razones por las que ha surgido otra tendencia reciente, la de que de los informes de sostenibilidad estén verificados por terceros independientes que no han participado en el proceso de elaboración apoyando a la empresa. Esta verificación, que no es tan intensa como una auditoría contable —ni parece que vaya a serlo a medio plazo— sirve para dar confort a quienes acceden al informe de sostenibilidad y tratan de obtener alguna utilidad del mismo.

Como precisión final de este apartado introductorio, nos vamos a centrar en los informes de las entidades privadas, aunque lo cierto es que las instituciones públicas también prestan una creciente atención a este fenómeno y comienzan no solo a supervisar cómo son la gestión y los informes de sostenibilidad de terceros, sino a realizar un ejercicio propio de gestión y de divulgación de los factores ambientales, sociales y de gobernanza. Las diferencias entre las memorias originadas en el sector público y en el sector privado derivan de la actividad desarrollada en cada uno de ellos, pero, en el fondo, comparten un amplio denominador común (por ejemplo, las emisiones de gases de efecto invernadero, como ya hemos apuntado, o la presencia equilibrada de hombres y mujeres en este caso en la función pública, entre otros muchos indicadores que son idénticos o parecidos).

Tras estas consideraciones iniciales, este capítulo se completará con tres apartados más: el segundo versa sobre el análisis de materialidad, el tercero sobre el contenido del informe de sostenibilidad, mientras que el cuarto y último se centra en el proceso de elaboración y de gobernanza, todo ello con una vocación fundamentalmente práctica.

NOTAS

[i] Zeisel, Stefan, «Is sustainability a moving target? A methodology for measuring CSR dynamics», Corporate Social Responsibility and Environmental Management (2019), pp. 283-296. [https://onlinelibrary.wiley.com/doi/abs/10.1002/csr.1805].

[ii] Minutiello, Valentina, & Tettamanzi, Patricia, «The quality of nonfinancial voluntary disclosure: A systematic literature network analysis on sustainability reporting and integrated reporting», Corporate Social Responsibility and Environmental Management, 29 (2021), pp. 1-18. [https://onlinelibrary.wiley.com/doi/abs/10.1002/csr.2195].

[iii] Lo que supone volver a tesis de los años 70 y 80 del pasado siglo. Milton Friedman, galardonado con el premio Nobel de Economía en 1976, criticó expresamente, por ejemplo, la visión según la cual los directivos corporativos y los líderes empresariales ostentan una «responsabilidad social» que va más allá de servir el interés de los accionistas y de generar beneficios (Friedman, Milton, Capitalism and Freedom, Fortieth Anniversary Edition, Chicago y Londres, The University of Chicago Press (2002), p. 133).

[iv] El artículo 3, apartado 5, del Tratado de la Unión Europea representa una buena síntesis de ello: «En sus relaciones con el resto del mundo, la Unión afirmará y promoverá sus valores e intereses y contribuirá a la protección de sus ciudadanos. Contribuirá a la paz, la seguridad, el desarrollo sostenible del planeta, la solidaridad y el respeto mutuo entre los pueblos, el comercio libre y justo, la erradicación de la pobreza y la protección de los derechos humanos, especialmente los derechos del niño, así como al estricto respeto y al desarrollo del Derecho internacional, en particular el respeto de los principios de la Carta de las Naciones Unidas».

[v] La consolidación de los denominados «principios contables generalmente aceptados» (más conocidos como GAAP por sus siglas en inglés) no se produjo hasta 1933, cuando el gobierno norteamericano obligó a las compañías a elaborar sus cuentas anuales conforme a estos principios comunes; hasta la crisis de 1929 las compañías publicaban información en base a sus propios criterios, lo que impedía entender, comparar y analizar la información financiera de modo adecuado (Delgado, Margarita, «Comparecencia de la Subgobernadora del Banco de España ante la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico (Congreso de los Diputados)», 10 de septiembre de 2020).  [https://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/IntervencionesPublicas/Subgobernador/Arc/Fic/delgado100920.pdf].

[vi] Comisión Nacional del Mercado de Valores, «Informe sobre la supervisión por la CNMV de la información no financiera del ejercicio 2023 y principales áreas de revisión del ejercicio siguiente» (2025), p. 6. [https://www.cnmv.es/DocPortal/Publicaciones/Informes/EINF_2023_ES.pdf].

[vii] Por ejemplo, el Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (con el acrónimo EFRAG en inglés) asesora a la Comisión Europea y ha elaborado una guía para la realización del análisis de materialidad. Se puede consultar este documento para más detalle: Grupo Asesor Europeo de Información Financiera, «Materiality Assessment. Implementation Guidance», mayo de 2024. [https://www.efrag.org/sites/default/files/sites/webpublishing/SiteAssets/IG%201%20Materiality%20Assessment_final.pdf].


José María López Jiménez

Especialista en regulación financiera. Doctor en Derecho

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