«De “Bitcoin” y “Libra” al dinero digital de banco central», en «Blockchain: impacto en los sistemas financiero, notarial, registral y judicial» (Dir. Inmaculada Sánchez Ruiz de Valdivia), 1ª ed., Thomson Reuters Aranzadi, junio de 2020
Conclusiones
Nuestro análisis nos permite alcanzar las siguientes conclusiones:
1.- Tras una serie de avatares históricos, el dinero en circulación trae origen mayoritario en la actualidad, directa o indirectamente, de los bancos centrales que se insertan en estructuras estatales o supranacionales, como la Unión Europea.
2.- La labor de intermediación de las entidades de crédito, a través de la captación de depósitos y la concesión de crédito, ha permitido su involucración en el aumento de la masa monetaria y en el sistema de pagos, y, a su vez, ha generado una estrecha relación entre los Estados y los bancos.
3.- La transformación digital, las nuevas preferencias de los consumidores y la aparición de proveedores de servicios financieros como las entidades “Fintech” y las “Bigtech”, junto a otras circunstancias, como los tipos negativos, han erosionado la posición de preeminencia del sector bancario tradicional.
4.- Los bancos son necesarios en nuestras sociedades, pues facilitan la eficiente asignación de recursos y la concesión de crédito a las empresas y a las familias, aunque, en casos extremos, hay quien no descarta que desaparezcan de la realidad financiera ante el empuje de las “Bigtech”. Sin embargo, la situación que prevalece es la de cooperación entre el sector financiero tradicional y las “Fintech” y “Bigtech”, aunque las futuras maniobras de estas últimas y su eventual acogida por el público siguen siendo una incógnita.
5.- En el ámbito de los medios de pago, la tecnología de registros distribuidos y la cadena de bloques han permitido la aparición de nuevos instrumentos que cumplen funciones análogas a las del dinero emitido por los bancos centrales o, partiendo de este, del escriturario creado con la participación de las entidades de depósito, o del electrónico de las entidades de dinero electrónico. Se trata de las criptomonedas o monedas virtuales, que son una de las manifestaciones del fenómeno, más amplio, de los criptoactivos.
6.- La aparición de las monedas virtuales genera una evidente tensión entre los Estados —y las entidades supranacionales con moneda propia— que monopolizan, a través de sus bancos centrales, la emisión de dinero soberano, y los promotores y los usuarios de las monedas virtuales, que, a conciencia o no, menoscaban con su actividad dicho monopolio. Indirectamente, también las entidades de crédito (en mucha menor medida, las de dinero electrónico) resultan afectadas por esta tendencia.
7.- El mayor caso de éxito, por el momento, de estos instrumentos, es el de “Bitcoin”, que concitó la atención de los supervisores y de los reguladores, como garantes de la estabilidad financiera, aunque estos consideraron, en general, que sus posibles riesgos no eran sistémicos.
8.- El anuncio en 2019 del lanzamiento en 2020 de “Libra”, un proyecto liderado por la “Bigtech” Facebook, ha alterado la situación descrita, por su potencial alcance sistémico y disruptivo.
9.- En la medida en que “Libra” se pueda “anclar” a activos sólidos de referencia, dando carta de naturaleza a las conocidas como “monedas estables” (“stablecoins”), se podría superar uno de los mayores defectos de “Bitcoin”, que ha impedido su consolidación: la fuerte oscilación de su valor.
10.- Más allá de los aspectos técnicos, “Libra” podría beneficiarse de la geopolítica, tras el anuncio por el Banco Popular de China del posible lanzamiento de una moneda digital, y la necesidad para los Estados Unidos de disponer de un arma con la que contrarrestar el hipotético golpe.
11.- La posible buena acogida de “Libra” por el público en general, y el riesgo real de que las monedas privadas basadas en la tecnología puedan desplazar a las monedas soberanas y a sus derivaciones (dinero escriturario y electrónico), han servido para que se acelere el interés de los bancos centrales por la emisión de monedas digitales soberanas, lo que permitiría a los particulares, por otra parte, abrir sus cuentas directamente en los bancos centrales, un privilegio hoy día reservado a los bancos y a algunas otras instituciones financieras y públicas.
Las cuestiones de orden político, jurídico, económico, monetario y financiero que resultarían de materializarse esta alternativa, serían múltiples y superarían ampliamente el objeto de este trabajo, por lo que las dejamos aquí meramente apuntadas para su ulterior tratamiento.