Jesús Alfaro, ‘El excedente del consumidor es el principal factor que explica el impacto social de las empresas o prueba número 2822 de que Friedman tenía razón’, Derecho Mercantil España, 18 de enero de 2022.
«De modo que, una vez más, se confirma que Friedman tenía razón. Las empresas deben maximizar los beneficios. No porque la maximización de los beneficios equivalga a la maximización del bienestar social, sino porque la maximización de los beneficios es la vía indirecta que mejor garantiza que se logrará el objetivo perseguido por la Sociedad en una Economía de mercado: maximizar el excedente del consumidor.
Esa es la función constitucional (art. 38 CE) que las empresas tienen: satisfacer las necesidades de los consumidores al menor coste posible. Y la forma, la única forma, que tenemos para que las empresas cumplan con su función social es someterlas a la máxima competencia posible para que traten de ganar el máximo posible porque, que lo consigan, indicará que los consumidores están viendo satisfechas sus necesidades al menor coste posible ya que han decidido concentrar sus pedidos, en mayor medida, en esa empresa que en otras en un entorno en que cualquiera puede intentar robarle esa clientela».
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