Rafael Termes, Antropología del capitalismo, 3ª ed., Rialp, Madrid, 2004, págs. 293-295.

«A los efectos de esta reflexión, los sistemas económicos contemporáneos que nos interesan son los que, en forma breve llamamos capitalismo y socialismo, aunque ambos términos aparecen tan cargados de connotaciones de carácter principalmente histórico, y la sola enunciación de uno y otro nombre despierta tanta animadversión en determinados sectores, que resulta totalmente explicable que, muchas veces, estos nombres se vean reemplazados por expresiones sustitutorias, tales como economía de mercado y economía centralizada, dando a entender que el capitalismo o economía de mercado es un sistema de organización social en el que se supone que la cooperación para el logro del bienestar común se produce de forma espontánea, el revés de lo que sucede en el modelo de economía centralizada o socialismo en el que la cooperación tiene lugar de forma coactiva.

Descendiendo al detalle, recordaré que cuando se habla de capitalismo, en términos académicos, hay que entender que nos estamos refiriendo ni más ni menos que a un sistema de organización económica basado en la propiedad privada, incluso de los bienes de producción; que utiliza el mecanismo de los precios como el instrumento óptimo para la eficiente asignación de los recursos; y en el que todas las personas, libremente responsables de su futuro, pueden decidir las actividades que desean emprender, asumiendo el riesgo del fracaso a cambio de la expectativa de poder disfrutar del beneficio si éste se produce.

En este sistema, por lo menos en su versión pura, el Estado no debe interferir en la mecánica del mercado, ni intervenir, salvo para el ejercicio de un reducido papel subsidiario, en aquellas actividades de los particulares que el propio mercado encauza. Lo cual no quiere decir negar el papel del Estado, sino más bien afirmar que, al lado de sus primigenias funciones como defensor del territorio patrio, guardián del orden interior, y hacedor de justicia entre ciudadanos iguales ante la ley, al Estado —mínimo pero fuerte— como servidor que debe ser de la sociedad, compete velar por la pureza del funcionamiento del mercado, creando y manteniendo un marco legal para que la actividad económica alcance sus propios objetivos y resuelva por ella misma los conflictos que puedan presentarse.

El otro sistema, el socialista, es un modelo de organización económica, en el que, también en su versión pura, el Estado es el único propietario de los bienes y, en especial, de los de producción; en el que la actividad económica se realiza de forma planificada, al objeto de determinar tanto la clase y la cantidad del producto, como su distribución, fijando administrativamente los precios; y en el que el Estado reparte, con vistas a la igualdad, la renta generada, pretendiendo asegurar a cada ciudadano, desde la cuna hasta la tumba, la satisfacción de sus necesidades presentes y futuras.

Como fácilmente se ve, los dos sistemas que acabo de describir y que, en sus versiones puras, marcarían los dos extremos entre los que pueden moverse los diferentes modelos híbridos de organización económica, son evidentemente antitéticos y antagónicos en su misma concepción. Pero, a mi entender, sólo el primero de ellos, el capitalismo, responde a la naturaleza del hombre. La economía centralizada, el socialismo, es el resultado de la decisión de alguien —sea un príncipe, sea un estamento, sea un partido político, sea un equipo tecnocrático— que pretende organizar el desarrollo de los hechos económicos, mediante ciertas reglas elaboradas por las mentes de unos pocos, con el propósito —que, en principio, no hay que descartar sea honrado— de lograr el bienestar de todos. La economía de mercado, en cambio, no es el resultado de la decisión de nadie, sino que surge espontáneamente de la misma condición humana, ya que la tendencia a la propiedad privada, así como a la división del trabajo y al intercambio, fundamentan este sistema, nacen con la aparición del hombre sobre la tierra».


José María López Jiménez

Especialista en regulación financiera. Doctor en Derecho

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