Tenemos interiorizado, con razón, que somos un país deudor. Sin embargo, aunque en mucha menor medida, también somos acreedores y tenemos nuestros deudores, lo que nos permite gozar, aunque sea puntualmente, de dicha posición de aparente preeminencia. Y somos acreedores, precisamente, de naciones con las que hemos mantenidos vínculos históricos muy estrechos, de lo que queda un tenue rastro en la Constitución (artículo 56, apartado 1) o en el Código Civil (artículo 22, apartado 1).

Razones geopolíticas e históricas han provocado la normalización de las relaciones de Cuba con los Estados Unidos y, por lo tanto, de la isla con el resto del mundo, incluida España.
Por la nota de prensa del Ministerio de Economía y Competitividad de 4 de mayo de 2016 hemos conocido que España y Cuba han regularizado sus relaciones económicas y financieras reestructurando la deuda cubana.
La deuda de Cuba con España ascendía a finales de octubre de 2015 a unos 2.444 millones de euros y estaba íntegramente impagada.
En noviembre de 2015 se firmó un acuerdo bilateral para la reestructuración de la deuda a corto plazo, que ascendía a unos 201 millones de euros.
En mayo de 2016, en el marco multilateral del Club de París, se ha reestructurado la deuda de Cuba a medio y largo plazo, con el impulso de España.
Según la nota de prensa, en diciembre de 2015 “se consiguió cerrar un acuerdo entre Cuba y los miembros del Grupo de Acreedores de Cuba en el que se establecían las condiciones financieras que cada deudor deberá aplicar a la  reestructuración y condonación de la deuda.
Estas condiciones son las siguientes:
– El reembolso del principal e intereses contractuales, que en el caso de España ascienden a 750 millones de euros, se efectuará en un plazo de 18 años.
– La condonación de los intereses de demora se realizará de forma proporcional al pago de los reembolsos consensuados. En el caso de España estos intereses ascienden a 1.492,3 millones de euros”.
En 18 años se habrá recuperado el principal y se habrán percibido los intereses remuneratorios. Aunque no se precisa la cifra, una buena parte de los 1.492 millones de euros de intereses de demora parece que quedarán condonados.
Adicionalmente, el compromiso global permite condonaciones individuales a través de la firma de un programa de conversión de deuda. Los Gobiernos español y cubano han acordado poner en marcha un programa de conversión de deuda  por un total de 375 millones de euros destinados a financiar proyectos de desarrollo económico y social priorizados por Cuba y de interés para los dos países.
El caso cubano muestra que los acuerdos de reestructuración de deuda soberana, cuando concurre el consentimiento de todos o gran parte de los acreedores, son viables, que permiten el “retorno” de deudores que se daban por perdidos y que los potenciales beneficios puedan llegar a todas las partes implicadas, especialmente a los ciudadanos de los países más desfavorecidos y necesitados de inversión exterior. 
Si la reestructuración es con un país tan cercano a España como Cuba, sin entrar en paternalismos ni en rancias relaciones metrópoli-colonia, la satisfacción se multiplica. 
Puerto Rico, a pesar de su denominación, también está atravesando estrecheces que dificultan la devolución de su deuda, sin que en este caso, quizás por su volumen y por el interés directo de los Estados Unidos, parezca plausible que se pueda echar una mano desde Madrid.
El mejor negocio es aquel en el que las dos partes ganan.

José María López Jiménez

Especialista en regulación financiera. Doctor en Derecho

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