Si pensamos en un plazo fijo, cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos, con una retribución del 1% anual, si a esta le sustraemos el efecto de la inflación y el coste fiscal, puede ser que la rentabilidad sea insuficiente no solo para incrementar el valor del ahorro sino para mantenerlo. 

Pero, como contrapartida, acceder a mayores rentabilidades que permitan incrementar el valor de la inversión abrirá la puerta del riesgo y de la menor liquidez, y dificultará que el inversor pueda conocer el instrumento financiero que se le ofrece en toda su extensión. Las tres variables básicas mencionadas, rentabilidad, riesgo y liquidez, no son independientes, sino que existe una relación entre ellas.

Es lo cierto que con un entorno económico circundante deprimido, las posibilidades para el inversor de beneficiarse de la bonanza en otras regiones del planeta, incentivará, durante los años venideros, un trasvase del tradicional ahorro bancario hacia otras formas de inversión más sofisticadas y de mayor riesgo. 
Lo intuíamos, pero este trasvase del dinero depositado en los bancos hacia la adquisición de participaciones en fondos de inversión ya es una realidad. 
El último Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España (05/2015) da cuenta de la nueva situación, que se ha venido gestando en los últimos años: “En el año 2014 ha continuado el crecimiento del patrimonio de los fondos de inversión, que ha aumentado 41.000 millones de euros, un 26,7 %”.
Lo más llamativo para nosotros ha sido esta advertencia (pág. 34): “Conviene destacar que el riesgo que asumen los partícipes en los fondos de inversión es superior al asumido por los clientes que materializan su ahorro en depósitos bancarios y depende de la composición de los activos de dichos fondos y de la evolución de su valor. Así, una caída de las cotizaciones bursátiles, un aumento generalizado de los tipos de interés en todos los plazos, o incluso, una apreciación del euro pueden provocar pérdidas de valor a los partícipes de los fondos de inversión. Por lo tanto, el trasvase de ahorros de los depósitos a los fondos, no puede considerarse como una mera sustitución de unos por otros, porque su riesgo es sustancialmente distinto”.
Esto no es ni bueno ni malo en sí mismo, pues se trata una característica propia de la inversión en fondos. Lo que nos preguntamos es si los fondos se han comercializado adecuadamente, en particular, entre los clientes minoristas, y si los inversores son conocedores de las ventajas y de los riesgos de su apuesta, y se responsabilizan de la misma.
Es posible que más que al Banco de España, corresponda velar por lo anterior a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El silencio del supervisor de valores quizá obedezca a que está preparando el “mistery shopping”, bajo la cobertura de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial y de la reforma de la Ley del Mercado de Valores…

José María López Jiménez

Especialista en regulación financiera. Doctor en Derecho

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